Colombia. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, junto al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, emitió la Resolución 0634 del 17 de junio de 2022, la cual se establece que el HCFC-123 y sus mezclas no podrán ser usados en los extintores a partir de diciembre de 2029.
Dicho cambio se da en el marco del desarrollo del Protocolo de Montreal, según el cual se prohíbe “la fabricación e importación de equipos y productos que contengan y/o requieran para su operación o funcionamiento las sustancias controladas en los Anexos A, B, C, E y F”.
Dichos anexos cobijan a los compuestos conocidos como Hidroclorofluorocarburos (HCFC), los cuales se caracterizan por ser agentes altamente dañinos para la capa de ozono. Así pues, la los equipos para la protección contra incendios, como aquellos productos para la extinción de incendios, que se importen y comercialicen en Colombia, tendrán que empezar a cambiar o migrar a otros más amigables con el medio ambiente.
Específicamente, este cambio afectará a las preparaciones y cargas para aparatos extintores que contengan bromoclorodifluorometano, bromotrifluorometano o dibromotetrafluoroetanos; las granadas y bombas extintoras, los extintores incluso ya cargados que haya para la fecha, así como otras preparaciones y cargas para aparatos extintores que puedan utilizar estos insumos.
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